Autónomos

Si un contribuyente tiene impago autónomos del mes de febrero de 2011 y desea cancelarlo, ¿debe tomar los nuevos valores vigentes a partir del devengado marzo de 2011 para cancelarlo, ya que al consultar la cuenta corriente emitida por la A.F.I.P. coloca los nuevos valores en los períodos impagos anteriores a la entrada en vigencia del incremento?

http://www.ele-ve.com.ar/Autonomos,27469.html