Reestructuración del Fondo Solidario de Salud

Subsidios de prestaciones a partir del 1º de junio de 2011, cuyo hecho generador opere a partir de dicha fecha.

Trasplantes e implantes

El Fondo Solidario de Salud otorgará un subsidio, por única vez, a los beneficiarios que se encuentren en condiciones, con informe previo de la Auditoria Médica, de acuerdo a lo que establecen las normas de procedimiento administrativo en vigencia.

La cobertura referida comprende:

1. Trasplantes de:
Corazón, riñón, hígado, médula ósea, córnea, cardiopulmonar, páncreas, reno-pancreático, intestino y huesos.-

2. Implantes:
Cocleares y de piel autóloga con técnicas de cultivo in vitro

A los efectos del presente subsidio, se considerará el otorgamiento de una renta diaria por internación, con un máximo de 30 días.

La auditoría médica determinará en cada caso la cantidad de días a cubrir teniendo en cuenta el tipo de trasplante, la historia clínica, demás información médica aportada por el solicitante y en base a la normativa e interpretaciones que al respecto apruebe la Secretaría de Servicios sociales de la FACPCE.

REQUISITOS

Para realizar la solicitud de subsidio, deberá presentarse la siguiente documentación:

1. Por parte del Consejo:
1.1 Nota indicando:
- Solicitud de cobertura, que incluya la prestación solicitada.
- Detalle de la documentación que se remite
- A quien corresponde realizar el pago del subsidio.

1.2 Certificación del CPCE, donde conste el número de matricula del profesional o beneficiario

2. Por parte del matriculado o beneficiario:
2.1- Nota indicando la cobertura solicitada.

2.2 Fotocopia del DNI, autenticada por el CPCE.

En caso de solicitar cobertura para algún miembro del grupo familiar:

- Cónyuge o conviviente: fotocopia autenticada del DNI, libreta de familia o documentación probatoria de vínculo.
- Hijos: fotocopia autenticada del DNI y la partida de nacimiento.
- A estos efectos se considera grupo familiar primario al cónyuge o conviviente, hijos, hijas, hijastros e hijastras solteros de hasta 25 años de edad.
- Hijos discapacitados de acuerdo a lo dispuesto en la ley 22431, sus modificatorias y complementarias.
- Matriculados o familiares fallecidos:
Fotocopia de la partida de defunción autenticada por autoridad del CPCE.
Constancia de acreditación de vínculo, en caso de corresponder
Nota del presentante, con carácter de declaración jurada, donde manifieste la calidad de heredero/s del matriculado o familiar fallecido y que se obliga como fiador por cualquier reclamación de terceros.-
El subsidio se abonará en un único recibo a pesar que exista más de un causahabiente.

En todos los casos, la documentación recibida en fotocopias debe ser enviada debidamente autenticada.

De la auditoria medica:
Deberá adjuntarse a la solicitud de subsidio:
- Historia clínica.
- Diagnóstico que incluya el procedimiento y los resultados obtenidos.
- Estudios complementarios, presentados en original o copias autenticadas por el CPCE.
- Parte quirúrgico.

Provisión de Medicamentos Oncológicos Anticuerpos Monoclonales

El Fondo Solidario proveerá y/o dará cobertura, con autorización previa de su auditoria médica, hasta el 50% de los valores de las drogas conocidas como anticuerpos monoclonales para uso en oncología, en forma complementaria a la Obra Social, Sistema de Salud o similar que posea el afiliado o su grupo familiar.

En los casos que los matriculados posean algún sistema de salud, y los medicamentos oncológicos tengan un porcentaje de cobertura, la Secretaria de Servicios Sociales abonará hasta el 50% de lo efectivamente pagado por el beneficiario, no pudiendo exceder el 50% del valor fijado en el Vademécum Farmacéutico.

En el caso de los matriculados que no poseen ningún tipo de cobertura, la Secretaría de Servicios Sociales, se hará cargo del 50% de lo efectivamente abonado por el matriculado, no pudiendo exceder el 50% del valor fijado en el Vademécum farmacéutico.

Lo expuesto será aplicado exclusivamente cuando medie imposibilidad de proveer los medicamentos a través de la Secretaría de Servicios Sociales, lo cual deberá justificarse. (ej. Urgencia, imposibilidad de devolver la medicación a un internado etc.).

Asimismo, se dará cobertura a través de la utilización de la droga Bevacizumab (Avastin) para el tratamiento de la maculopatía, hasta un máximo de dos aplicaciones y de acuerdo al tope previsto por la reglamentación, que incluirá:

1. Inyección intravitrea de Avastín
2. Droga Avastín
3. Estudios previos y posteriores al tratamiento con OCT (optic coherent tomography) y/ RFG

La cobertura a que se refiere el presente, comprende los siguientes medicamentos, con los precios fijados en el vademécum farmacéutico:

VADEMÉCUM DE DROGAS

Otros agentes antineoplásicos
- Anticuerpos monoclonales
1. Rituximab
2. Trastuxumab
3. Alemtuxumab
4. Bevacizumab
5. Panitumumab
6. Sunitinib
7. Sorafenib
8. Everolimus
9. Temsirolimus

El mencionado Vademécum podrá ser modificado mediando informe favorable del Auditor Médico.

Tratamientos Oncológicos Alternativos
El Fondo Solidario dará cobertura, al Tratamiento Oncológico alternativo, de acuerdo a las modalidades definidas en la reglamentación, la que será brindada de la siguiente manera:

- Se abonará un monto tope mensual y por reintegro

- Sin límites de tiempo

- No se podrá utilizar esta cobertura junto a la brindada por la FACPCE para tratamientos convencionales al mismo tiempo.

Radioterapia de Intensidad Modulada (IMRT)

El Fondo Solidario dará cobertura, con autorización previa de su auditoria médica, en carácter de subsidio y en forma complementaria a la Obra Social, Sistema de Salud o similar que posea el afiliado o su grupo familiar, a la práctica denominada “Radioterapia de intensidad modulada (IMRT), siempre que se cumpla con los requisitos previstos en las reglamentaciones vigentes, y hasta el tope fijado, la que comprenderá Radioterapia de intensidad modulada para el tratamiento del cáncer de próstata, cuello de útero y cabeza y cuello.

Se incluyen en el módulo los siguientes procesos:

- Elaboración de dispositivos personalizados de anclaje y fijación, mallas termomoldeables y adaptadores a camillas

- Adquisición digital de imágenes anatómicas por TAC en formato DICOM

- Delineado en plataforma IMRT de estructuras blanco y órganos críticos

- Prescripción médica de las condiciones dosimétricas óptimas requeridas para el tratamiento radiante IMRT

- Optimización del tratamiento mediante Planificación inversa en la Workstation XIO

- Generación de templates a escala pantográfica

- Aplicación de Acelerador Lineal de Intensidad Modulada

- Aseguramiento de calidad mediante films de control para cada campo de tratamiento

Reemplazo Valvular Percutáneo
El Fondo Solidario dará cobertura, con autorización previa de su auditoria médica, en carácter de subsidio y en forma complementaria a la Obra Social, Sistema de Salud o similar que posea el afiliado o su grupo familiar, a la práctica hemodinámica denominada “Reemplazo valvular percutáneo”, siempre que se cumpla con los requisitos previstos en la reglamentación vigente y hasta el tope establecido.
La cobertura referida comprende el reemplazo valvular aórtico percutáneo indicado para personas a las cuales sea imposible efectuarles una cirugía de reemplazo valvular convencional, según opinión de la auditoría médica de la FACPCE.

Se incluyen en el módulo (TAVI: transaortic valve implatation):

- Colocación de una prótesis biológica montada sobre un stent mediante técnica de cateterismo o cirugía mínimamente invasiva.

- Honorarios médicos y gastos sanatoriales.

Marcadores de Enfermedades Oncológicas
El Fondo Solidario dará cobertura, con autorización previa de su auditoria médica, en carácter de subsidio y en forma complementaria a la Obra Social, Sistema de Salud o similar que posea el afiliado o su grupo familiar, a la utilización de marcadores de enfermedades oncológicas que se detallan seguidamente, siempre que se cumpla con los requisitos vigentes y hasta los montos topes previstos.

Se incluyen los siguientes:

- Estudio de Kras: es el genotipo de éste gen en pacientes con cáncer colorectal, su utilidad es como factor predictivo en casos de enfermedad metastásica.

- Estudio genotipo timidilato sintetasa (TS): para detectar posible toxicidad en el uso de fluropirimidinas.

- Estudio UGT 1 a 1: enzima que interviene en el metabolismo de la droga irinotecan, también para cáncer colorectal.

- Estudio del genotipo de EGFR para cáncer de pulmón.

- Estudio de genes implicados en cáncer de mama hereditario, BRCA 1 y BRCA 2.

Fuente: FACPCE