Circular AFIP 5/2014. Ganancias. Planificación fiscal nociva. Títulos públicos. Diferencias de cambio. Deducción


Se aclara que no resultan deducibles en el impuesto a las ganancias las pérdidas por diferencias de cambio negativas derivadas de operaciones de "dólar bolsa" o “dólar MEP", con títulos públicos, en razón de que las mismas no se encuentran vinculadas con la obtención, mantenimiento ni conservación de ganancias gravadas por dicho impuesto, ni cumplen con los requisitos legales para ser consideradas pérdidas extraordinarias en tanto no obedecen a situaciones de fuerza mayor o caso fortuito

 Nov. Nac. Circular 5