Ley 27.260. Blanqueo y Moratoria – Acciones a seguir de denuncia sobre VEP expirados

Atento el dictado de la RG  Resolución General 4016  del 23/03/2017, se informa a los matrículados que las consultas por las distintas situaciones que se presentaron, (VEP generados y no pagados, VEP expirados, declaraciones de regularización de deudas culminadas con posterioridad al 31/03/17, VEP generados y pagados por importe menor, etc.) deberán canalizarse mediante “CONSULTA WEB”,  ingresando en la página institucional de AFIP, www.afip.gov.ar- opción “Necesitas Ayuda”, y en el paso 2 –Consulta- se deberá tipificar la misma en la categoría que corresponda, es decir Sinceramiento o Moratoria.  Se recuerda que deberán adjuntar mediante archivo PDF todos los elementos que avalen la pretensión, es decir, el comprobante del VEP generado, la existencia de fondos en la cuenta bancaria para afrontar el pago del impuesto especial o el pago a cuenta y la constancia de haber realizado el Compromiso de Adhesión establecido por la Resolución General N° 4016.