La Cámara en lo Comercial fija un tope del 30 por ciento del capital para multas por impuestos impagos

 

De esta manera se fija el límite de la sanción punitoria para quienes adeuden tributos, según la Cámara que ratificó por mayoría un fallo de primera instancia. Los jueces aseguran que si supera ese porcentaje la multa sería "desmesurada" y sin "razonabilidad"

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