Resolución General DGR N° 8/2017-Autoriza a la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de la Personas, para que por cuenta y orden de esta Dirección General de Rentas, perciba los importes correspondiente al pago la Tasa Retributiva de Servicios establecida en el art. 28, 2b de la ley Impositiva Nº 6.611, en virtud de la aplicación del nuevo sistema creado para la expedición de actas demográficas, prescindiendo del uso de las estampillas fiscales.

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