Llamado a Concurso del CECyT

Cargo: Consejo Asesor [1]

Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de Consejo Asesor del CECyT, en las siguientes áreas:

  • Actuación Judicial y Resolución de Conflictos
  • Contabilidad
  • Contabilidad de Gestión
  • Economía
  • Educación
  • Estadística y Actuarial
  • Laboral
  • Responsabilidad Social y Balance Social
  • Sector Público
  • Valores Profesionales

 Cargo: Director de Área

Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de director de Área del CECyT. Las áreas a cubrir son las siguientes:

  • Actuación Judicial y Resolución de Conflictos
  • Administración
  • Educación
  • Estadística y Actuarial
  • Responsabilidad Social y Balance Social
  • Sector Público
  • Valores Profesionales

 Cargo: Investigador de Área

Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de Investigador de Área del CECyT. El área a cubrir es la siguiente:

  • Contabilidad
  • Contabilidad de Gestión
  • Estadística y Actuarial
  • Organizaciones Sociales
  • Responsabilidad Social y Balance Social

Cargo: Joven Investigador de Área

  • Auditoría
  • Contabilidad
  • Contabilidad de Gestión
  • Estadística y Actuarial
  • Laboral
  • Responsabilidad Social y Balance Social
  • Valores Profesionales

 La duración de las designaciones será de dos años desde su aprobación por la Junta de Gobierno.

 

Recepción de documentación:

En los CPCE: hasta el 1°/10/2021

Reglamento del CECyT

  1. Funciones y obligaciones de los integrantes del CECyT

Art. 13 –Son funciones del Consejo Asesor:

  1. actuar en los concursos que corresponda según el anexo 1 y de acuerdo con lo allí previsto;
  2. opinar y aconsejar a la Junta de Gobierno sobre el programa anual de trabajos de las áreas de investigación;
  3. preparar y proponer a la Mesa Directiva las normas complementarias a este reglamento;
  4. evaluar el avance del plan de trabajos aprobado;
  5. dictar y aplicar su reglamento interno, que se incorpora como Anexo 2 al presente.

Los gastos de traslado y estadía de sus miembros serán a cargo de la FACPCE.

 Art. 14 –Son funciones de cada director de área:

  1. proponer al director general la realización de trabajos relacionados con su área;
  2. coordinar, realizar o controlar los trabajos cuya realización haya sido aprobada;
  3. presidir las reuniones de las comisiones de trabajo cuando la realización de trabajos estuviera directamente a su cargo;
  4. dar su opinión, cuando le sea requerida, a la Mesa Directiva, en relación con temas de su especialidad;
  5. elaborar documentos técnicos, sobre temas de su especialidad, para lograr una rápida opinión por parte de la Federación, sobre temas de actualidad nacional o provincial;
  6. Participar en eventos técnicos que organice el Consejo a través del cual presentó su postulación al cargo, e informar a la conducción del mismo sobre su actuación en el CECyT;
  7. actuar como evaluadores y coordinadores –cuando se lo requieran– en los Congresos Nacionales.

  Requisitos a cumplir por los postulantes

Los postulantes para cubrir los cargos del CECyT deberán presentar en el Consejo Profesional donde se encuentren matriculados:

  1. Formulario de inscripción debidamente completo en formato digital pdf.

Asimismo, todos los antecedentes que se presenten, deberán acompañarse en el mismo formato. (el tamaño del archivo no debe superar los 6 MB). En el caso que supere los 6MB, sugerimos utilizar algún servicio de transferencia en la nube, por ej. WeTransfer.

 

 Aquellos profesionales que se postulen para cubrir los cargos de directores de Área del CECyT deberán presentar adicionalmente a lo mencionado precedentemente:

      Un plan de trabajo de investigación individual para el primer año; y

      Un plan de investigación de los investigadores que tendrían a su cargo, para el primer año.

 

Estos planes deberán consignar: el tema a investigar, la metodología de investigación a utilizar, los plazos para el informe final y para las etapas intermedias, el estado actual del tema a investigar y el producto final que se espera obtener.

[1]  Art. 5 – RESOLUCIÓN JG Nº 540/18 - Reglamento del CECyT
b. miembros del Consejo Asesor: a propuesta de los Consejos que integran la FACPCE, debiendo proponerse los postulantes con la presentación del currículum vitae resumido correspondiente;