AFIP – Resolución General 4708/2020. Monotributo. Autónomos. COVID-19. Crédito Tasa 0. Procedimiento. Modificación Se precisa el procedimiento a cargo de las entidades financieras del beneficio “Crédito tasa 0” para sujetos Monotributistas y Autónomos del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” a causa del “Coronavirus COVID-19” (Ley 27.541 y Dec 260/2020, 297/2020, 408/2020 y Dec Adm 591/2020 y 663/2020 y Res Gral 4707/2020) CRÉDITO A TASA 0. SOLICITUD 🏦 Procedimiento. Sujetos: Entidades financieras 👩‍💼 👨‍🔧 Beneficiarios: Autónomos y Monotributistas 💰 Cuota Monotributo o aporte Autónomo: pago AFIP 📌 Monotributistas: Jun, Jul y Ago 2020 📌 Autónomos: Mayo, Jun y Jul 2020 💻 Consulta: “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos” 💲 Diferencia. A cargo contribuyente: pago vía VEP o imputación

INF. GRAL. 4708