Resolución 220/2011-UIF. Lavado de Dinero. AFIP. Informes y antecedentes. Su colaboración

Se dispone que cuando la Unidad de Información Financiera (UIF) requiera colaboración a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en supervisiones, fiscalizaciones e inspecciones, esta deberá aportar informes, documentos, antecedentes y elaborar un informe final el que servirá para evaluar operaciones sospechosas de lavado de activos o de Financiación del Terrorismo. Inoponibilidad del Secreto Fiscal (Ley 25246 y Disp. 388/2011) ...

Nov. Nac. UIF 220