Resolución General CACM 6/2014. Ingresos Brutos. Convenio Multilateral. Entidades Financieras. Atribuciones Se prorroga la aplicatoriedad del 5to. al 7mo. anticipo las consideraciones a los efectos de la sumatoria de los contribuyentes comprendidos en el régimen de la ley de Entidades Financieras (Regímenes Espciales Art. 8 CACM) (Res. Gral. 4/2014) Vigencia: período fiscal 2014

Nov. Prov. CA 6