RESOLUCIÓN GENERAL Nº 2.321

Salta, 11 de Agosto de 2014

VISTO:

La aprobación de la Interpretación N° 8 sobre “Aplicación del párrafo 3.1 – “Expresión en moneda homogénea” de la Resolución Técnica Nº 17”, por parte de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas; y

CONSIDERANDO:

Que es atribución de los Consejos ordenar el ejercicio de la profesión de ciencias económicas dictando para ello las medidas y disposiciones de todo orden que resultan necesarias o convenientes para el mejor desenvolvimiento de la misma;

Que entre dichas medidas se incluyen las normas técnicas a las que deberán ajustarse los matriculados dentro de las respectivas jurisdicciones;

Que en la reunión de la Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas realizada el 27 de Junio 2.014, en la que se analizó y aprobó la Interpretación referida, este Consejo votó favorablemente;

Que la interpretación mencionada se refiere a “Aplicación del párrafo 3.1 – “Expresión en moneda homogénea” de la Resolución Técnica Nº 17”;

Que la Comisión Técnica –Sala Contador Público-, ha analizado y emitido opinión sobre la cuestión en tratamiento;

POR TODO ELLO:

 EL CONSEJO DIRECTIVO DEL

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA

R E S U E L V E :

 ARTICULO 1º: Considerar como Normas Profesionales reconocidas por este Consejo, las contenidas en la segunda parte de la Interpretación Nº 8 Aplicación del párrafo 3.1 – “Expresión en moneda homogénea” de la Resolución Técnica Nº 17”, de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, las que se consideran parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º: Derogar el Artículo 2º de la Resolución General Nº 2.271 del 28 de abril de 2.014, por el que se declaro aplicable en la jurisdicción de este Consejo las Resoluciones Nº 735/13 y  Nº 737/13 de la Mesa Directiva de la FACPCE.

ARTICULO 3º: Disponer, que las normas de la Interpretación Nº 8 tendrán vigencia a partir del 27 de junio de 2014.

ARTICULO 4º: Comunicar a los matriculados, a la Inspección General de Personas Jurídicas de Salta, al Registro Público de Comercio, a la Agencia Salta de la Dirección General Impositiva, a la Dirección General de Rentas de la Provincia, a la Dirección General de Rentas Municipal, a la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de Salta, a la Facultad de Economía y Administración de la Universidad Católica de Salta, a las Cámaras Empresarias, entidades financieras, publicar en el Boletín Oficial de la Provincia, copiar y archivar.

Acceso a la Interpretación Nº 8