Resolución General AFIP 3668/2014. Facturación y Registración. Gastronomía, Hotelería, Garajes y otros. Factura A. Clientes. Requisitos

Se establece un régimen especial de emisión de comprobantes electrónicos originales y de información que deberá ser cumplido por los
determinados responsables inscriptos en el IVA. Operaciones:  Bares, Restaurantes, Confiterías, Hoteles, Hosterías, Gimnasio, Peluquerías, Playas de estacionamiento o garajes, entre otros. Excepciones. Factura Electrónica REAR/RECE/RFI. 
Nuevo Régimen Informativo de Comprobantes clase "A": Contribuyentes con Controlador fiscal,  Emisión manual y otros
Emisión comprobantes tipo "A": El cliente deberá completar y firmar DDJJ Form. 8001(cuenta corriente y habitualistas confección previa)
Aplicativo: Servicio con CLAVE FISCAL“F 8001 WEB”
Vigencia: 09/09/2014
Aplicatoriedad: operaciones a partir 01/11/2014

Nov. Nac. AFIP 3668

Nov. Nac. AFIP 3668 Anexo