Prórroga Llamado a Concurso del CECyT

Prórroga Llamado a Concurso del CECyT

 

 Cargo: Consejo Asesor[1]

Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de Consejo Asesor del CECyT por un período de dos años desde su designación por la Junta de Gobierno, en las siguientes áreas:

  • Contabilidad
  • Laboral
  • Tributaria y Previsional 

Cargo: Director de Área

 Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de Director de Área del CECyT por un período de dos años desde su designación por la Junta de Gobierno. Las áreas a cubrir son las siguientes:

 

  • Estadística y Actuarial
  • Laboral  

 

Recepción de documentación:

                                               

En los CPCE: hasta el 12/02/2016

 

Llamado a Concurso del CECyT

 

Cargo: Consejo Asesor1

Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de Consejo Asesor del CECyT por un período de dos años desde su designación por la Junta de Gobierno, en las siguientes áreas:

Organizaciones Sociales  

 

Cargo: Investigador

 Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de Investigador de Área del CECyT por un período de dos años desde su designación por la Junta de Gobierno, en las siguientes áreas:

  • Auditoria

 

 

Cargo: Joven Investigador

 Se encuentra abierto el llamado a concurso para cubrir el cargo de Joven Investigador de Área del CECyT por un período de dos años desde su designación por la Junta de Gobierno, en las siguientes áreas:

  • Economía
  • Educación
  • Estadística y Actuarial
  • Laboral
  • Tributaria y Previsional
  • Valores Profesionales

 

Recepción de documentación:

                                               

En los CPCE: hasta el 12/02/2016

 

 

 

Reglamento del CECyT

  1. Funciones y obligaciones de los integrantes del CECyT

 

Art. 13 –

Son funciones del Consejo Asesor:

  1. actuar en los concursos que corresponda según el anexo 1 y de acuerdo con lo allí previsto;
  2. opinar y aconsejar a la Junta de Gobierno sobre el programa anual de trabajos de las áreas de investigación;
  3. preparar y proponer a la Mesa Directiva las normas complementarias a este reglamento;
  4. evaluar el avance del plan de trabajos aprobado;
  5. dictar y aplicar su reglamento interno, que se incorpora como Anexo 2 al presente. 
  6. Los gastos de traslado y estadía de sus miembros serán a cargo de la FACPCE.

Art. 14 –

Son funciones de cada Director de área:

  1. proponer al Director General la realización de trabajos relacionados con su área;
  2. coordinar, realizar o controlar los trabajos cuya realización haya sido aprobada;
  3. presidir las reuniones de las comisiones de trabajo cuando la realización de trabajos estuviera directamente a su cargo;
  4. dar su opinión, cuando le sea requerida, a la Mesa Directiva, en relación con temas de su especialidad;
  5. elaborar documentos técnicos, sobre temas de su especialidad, para lograr una rápida opinión por parte de la Federación, sobre temas de actualidad nacional o provincial;
  6. Participar en eventos técnicos que organice el Consejo a través del cual presentó su postulación al cargo, e informar a la conducción del mismo sobre su actuación en el CECyT;
  7. actuar como evaluadores y coordinadores –cuando se lo requieran– en los Congresos Nacionales.Requisitos a cumplir por los postulantes
  8. Los postulantes para cubrir los cargos del CECyT deberán presentar en su Consejo Profesional:
  9.  
  1. Formulario de inscripción debidamente completo en formato digital.

Asimismo, todos los antecedentes que se presenten, deberán acompañarse en el mismo formato.  

 

 Aquellos profesionales que se postulen para cubrir los cargos de Directores de Área del CECyT deberán presentar adicionalmente a lo mencionado precedentemente:

      Un plan de trabajo de investigación individual para el primer año; y

      Un plan de investigación de los investigadores que tendrían a su cargo, para el primer año.

 

Estos planes deberán consignar: el tema a investigar, la metodología de investigación a utilizar, los plazos para el informe final y para las etapas intermedias, el estado actual del tema a investigar y el producto final que se espera obtener.

[1] Art. 5 – RESOLUCIÓN JG Nº 483/15 - Reglamento del CECyT

  1. miembros del Consejo Asesor: a propuesta de los Consejos que integran la FACPCE, debiendo proponerse los postulantes con la presentación del currículum vitae resumido correspondiente;