Resolución General AFIP 3833/2015 y Resolución JGM 50/2016. Deudas fiscales. Medios de Comunicación o Productoras. Publicidad. Dación en pago Se modifican los requisitos y condiciones para formalizar ante la AFIP la solicitud de adhesión al régimen para que las personas físicas o jurídicas, titulares de medios de comunicación y/o productoras de contenidos audiovisuales cancelen sus deudas impositivas, aduaneras y previsionales, devengadas hasta el día 31/12/2015 inclusive, a través de la modalidad de dación en pago de espacios publicitarios en la programación de las emisoras o en sus publicaciones y/o mediante la contratación de servicios conexos. Deduores en Concurso, Estado falencial, Ejecución fiscal o litigio (Dec. 852/2014, 345/2016 y Res. Gral. Cjta. 3681/2014, 3703/2014 y 885/2014 y 1180/2014) Plazo: 31/03/2016

Nov. Prov. AFIP 3833