Cobro indirecto de Honorarios Profesionales en Derecho de Certificación de Firmas

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta comunica a sus profesionales que a partir del 03 de Abril de 2018, el cobro de los Honorarios Profesionales para el Contador Público, por las actuaciones clasificadas como Tipo “D”, se deberá realizar a través del sistema de cobro indirecto (RG 2904).

Los distintos encargues profesionales tipificados como Tipo “D”, en módulos, se clasificarán como tal, teniendo en cuenta el grado de experiencia y conocimiento requerido para la ejecución de una tarea.

 

Experiencia y conocimiento requerido
Alto Medio Bajo
12,5 Módulos 10 Módulos 7,5 Módulos

Dentro de los factores que influyen en la determinación del Honorario Mínimo Obligatorio se tendrá en cuenta:

  • La naturaleza y complejidad de los trabajos a realizar
  • El tiempo a invertir para su realización
  • La urgencia en la terminación del mismo
  • Las características propias del cliente y la importancia de los intereses en juego
  • El nivel de especialización que requiere el tema a tratar y la responsabilidad a asumir
  • Los costos de infraestructura y los propios de la tarea a ejecutar
  • El grado de experiencia del personal involucrado

Por otra parte informamos que el valor del módulo para los Honorarios Mínimos, es de Pesos Doscientos Cuarenta ($ 240). Fijándose en cero por ciento (0%) la percepción  sobre Honorarios Profesionales a que se refiere el Artículo 49 de la  Ley N° 4.582.