Resolución General Conjunta AFIP 4509/2019. ENC. Servicios de Comunicación Audiovisual. Sujetos No Residentes. Procedimiento Se establece el procedimiento que los titulares registrales de señales extranjeras inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras (RPSP) que no posean sede, sucursal o filial en la República Argentina, deben cumplir a los fines del ingreso de los referidos gravámenes. Pautas (Art. 58 Ley 26.522 y modif) Pago. Modalidad: Transferencia Bancaria Internacional (TBI) hasta día 20, inclusive (mes inmediato siguiente. En u$s o Euro ) Vigencia: 01/08/2019

AFIP 4509