Procedimiento tributario. Solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública. Ley 27.541 -arts. 8 a 17-. Regularización de obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y aduaneras para MiPyMEs. Res. Gral. A.F.I.P. 4.667/20. Se hace lugar a la medida cautelar solicitada y se permite a la actora acogerse a ese régimen. Se ordena al organismo fiscal que habilite los sistemas informáticos de su página web para que la empresa pueda incluir sus deudas y gozar de los beneficios establecidos en el mencionado régimen. Marítima Maruba S.A. c/E.N.-A.F.I.P.-D.G.I. s/D.G.I. J.C.A.F. 7….

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