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Guía práctica de liquidación de impuestos 2012
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Resolución General AFIP 3283/12. Comercio exterior. Procedimiento informático de cancelación de destinaciones suspensivas de tránsito y de operaciones de trasbordo.
Res. Gral. A.F.I.P. 898/00. Su modificación….
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Resolución General AFIP 3281/2012. Transporte Público de Pasajeros. Impuesto al cheque. Boleto Electrónico. Exención. Su reglamentación
Se reglamenta la exención del impuesto al cheque a las cuentas utilizadas en forma exclusiva para la operatoria del Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE) (Dec. 240/07 y 2008/11) …
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Resolución General AFIP 3279/2012. Laboral. Empleadores. Haberes. Conceptos No Remunerativos. Régimen de Información. Su implementación
Se implementa un nuevo régimen de información respecto de las retribuciones no remunerativas, a cumplir por los empleadores comprendidos en el Sistema Unico de la Seguridad Social.
Procedimiento: micrositio «Declaración Jurada Informativa de Conceptos No Remunerativos» (DJNR)
Información: 1) denominación, 2) normativa -legal o convenio- y 3) importe.
Plazo: previo al pago.
Vigencia: Pagos desde 01/04/2012 …
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Resolución FACPCE 669/12. Normas contables profesionales. Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB).
Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 26/09 y 29/10. Empresas prestatarias de servicios públicos de transporte y distribución de gas….
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Resolución FACPCE 688/2012. Lavado de dinero. Contadores. Auditores Externos y Síndicos Societarios. Actuación. Activo mínimo. Su incremento
Se eleva de $ 6 millones a $ 8 millones el valor del activo mínimo de las empresas/sujetos, por el cual resulta obligatorio informar por parte del Contador Público como Auditor Externo y Síndico societario en relación con el Lavado de activos de origen delictivo y financiación del terrorismo (Ley 25246, 26683 y Res. 1/2012-UIF y 420/2011-FACPCE) …
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Medicina prepaga: nuevo régimen de información.
La AFIP establece a partir del 1° de abril un nuevo régimen informativo aplicable a las empresas prestadoras de medicina prepaga. Este nuevo régimen informativo estará a cargo de las empresas prestadoras de servicios de medicina prepaga quienes deberán suministrar información sus afiliados y los miembros incluidos en la prestación. Ello siempre que el valor del plan contratado supere los $ 2.000 mensuales, cualquiera fuese la modalidad de pago. Dicha información deberá suministrarse en forma mensual, hasta el último día del mes siguiente a aquel que corresponda informar, mediante transferencia