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22

julio

Decreto 605/2020. Coronavirus. Distanciamiento o Aislamiento social preventivo y obligatorio. Disposición. Prórroga VIII Se prorrogan las medidas diferenciales de “Aislamiento o Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” en la República Argentina a causa del “Coronavirus COVID-19”(Ley 27.541, Dec 260/2020, Dec 297/2020, 459/2020, 493/2020, 520/2020 y 576/2020) DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO (DISPO) Jurisdicciones: Todas las provincias, excepto AMBA, Jujuy y departamentos del Chaco y Buenos Aires. ‍♀‍ Circulación LIBRE: departamento o partido donde residan Excepción. Fuera límites: Certificado Único Habilitante COVID-19 ‍♂‍ Reglas: distancia min 2 mts, tapabocas, higienización, desinfección y protocolos Actividades económicas. Requisito: protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial ‍‍‍ Actividades deportivas, artísticas y Sociales: concurrencia hasta 10 personas Prohibición: clases presenciales, eventos y deportes mayor a 10 personas, Espectáculos, Transporte y Turismo. AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO (ASPO) Jurisdicciones: AMBA, Provincias y Departamentos ‍‍‍ Sujetos. Prohibición de circulación: personas que habitan en el país temporariamente Sector público nacional No concurrencia lugares de trabajo: excepto actividad esencial, mayores o cuidad de niños Teletrabajo: obligatorio (cuando sea posible) Extranjeros. Ingreso al país: prohibición Prohibición: clases presenciales, Centros comerciales, Transporte, Espectáculos y Turismo. Excepciones Pre pago Telefonía móvil e Internet: extensión de prohibición corte por mora o falta de pago Período: 18/07/2020 al 02/08/2020 Vigencia: 18/07/2020

DECRETO 605

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21

julio

AFIP – suspensión temporaria de la atención presencial

En respuesta a la Nota Nº 421 enviada por este Consejo a la AFIP con motivo de las dificultades en obtener los turnos presenciales en el citado Organismo, hemos recibido la siguiente comunicación en la cual se nos informa que debido la situación epidemiológica de nuestra ciudad se suspende temporalmente la atención presencial al público a partir del día 17/07/2020. A su vez se detallan los pasos a seguir para poder cumplimentar en forma digital los trámites de Alta de Personas Jurídicas pendientes.

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