25
INFORME DEL AUDITOR INDEPENDIENTE SOBRE ESTADOS CONTABLES RESUMIDOS
Señor ………..1 de
ABCD
CUIT N°2
Domicilio legal
————————————
Informe sobre los estados contables resumidos
He auditado los estados contables resumidos adjuntos de ABCD, que comprenden el estado de situación patrimonial resumido (o “balance general resumido”)3 al….. de ……………….. de 20X2, el estado de resultados resumido, el estado de evolución del patrimonio neto resumido y el estado de flujo de efectivo resumido correspondientes al ejercicio económico terminado en dicha fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluidas
25
INFORME DEL AUDITOR INDEPENDIENTE SOBRE EL SALDO DE LA CUENTA VENTAS DE …. (especificar a qué tipo de ventas se refiere)
Señor ………..1
de ABCD
CUIT N°2
Domicilio legal
————————————
Identificación de la información contable objeto de auditoría
He auditado la información contable adjunta referida a la cuenta “Ventas de ….”(especificar a qué tipo de ventas se refiere) de ABCD correspondientes al ejercicio económico terminado el ….. de …………. de 20X2, cuyo saldo asciende a $…………….,y otra información explicativa incluida en las notas ….. a ……
Responsabilidad de la dirección4 en relación con la información auditada
La dirección4
25
INFORME DEL AUDITOR INDEPENDIENTE SOBRE EL ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL (o “balance general”)3
Señor ………..1 de
ABCD
CUIT N°2
Domicilio legal
————————————
Informe sobre el estado de situación patrimonial (o “balance general”)3
He auditado el estado de situación patrimonial ( o “balance general”)3 adjunto de ABCD al ….de …………. de 20X2 , así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluidas en las notas ….. a ….. y los anexos ….. a …….
Responsabilidad de la dirección 4 en relación con el estado de situación patrimonial (o “balance general”)3
24
F. 572 web rectificativo
Un empleado que envío en enero de 2014, el F. 572 web como año 2013, en lugar de año 2014, lo que produjo la rectificativa del 572 manual año 2013 presentado oportunamente, ¿tiene forma de anular o rectificar el formulario mencionado al principio?
http://www.ele-ve.com.ar/F-572-web-rectificativo.html
24
F. 931. Rectificativa
¿Cómo rectifico el F. 931 cuando sólo debo modificar las remuneraciones de dos empleados y no de toda la nómina?
http://www.ele-ve.com.ar/F-931-Rectificativa,59133.html
24
Alta empleado código 201
Intento dar de alta a un empleado nuevo y el sistema no me deja dar el alta con código 201 nuevo período de prueba, ¿por qué puede ser? Es una empresa nueva que tiene un sólo empleado y ahora quiero dar el alta de otro?
24
Autónomos
En el caso de un ingeniero que aporta a la caja de provincia su jubilación, ¿puede estar eximido de pagar autónomos, siendo que es socio gerente de una SRL, o debe realizar los dos aportes?
24
Licencia por casamiento
Una empleada de comercio dio aviso del casamiento de una hermana. ¿El Convenio Colectivo de Trabajo contempla que no se le pague el día?
http://www.ele-ve.com.ar/Licencia-por-casamiento,58125.html
24
Contribuciones patronales. Reducción
Se ha prorrogado el beneficio para tomar a nuevos empleados, y utilizar el código 201 que es el beneficio de reducción, pero no se puede ingresar en mi simplificación con este código, quisiera saber si es para algunos convenios específicos solamente.
http://www.ele-ve.com.ar/Contribuciones-patronales-Reduccion,61270.html
24
Fallo de la Cámara Federal de la Seguridad Social a favor de la AFIP
El tribunal confirmó la determinación de deuda originada en un relevamiento de personal, teniendo en cuenta que las declaraciones de los trabajadores durante el relevamiento prevalecen por sobre las rectificaciones
http://www.dialogofiscal.gob.ar/judiciales/falloCamara.aspx
24
Fallo ortodoxo de la Corte sobre retenciones
La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), por sentencia del 15 de abril pasado, en autos Camaronera Patagónica S.A., declaró la inconstitucionalidad de las retenciones a la exportación de productos pesqueros por el lapso de marzo/agosto 2012 por considerar que la autorización al Poder Ejecutivo Nacional otorgada por el artículo 755, punto 1, inciso a, del Código Aduanero (CA), resulta inconstitucional por afectar el principio de legalidad tributaria, interpretado desde una perspectiva ceñidamente ortodoxa tradicional.
http://www.pagina12.com.ar/diario/economia/2-244621-2014-04-22.html
24
EL IMPUESTO, ÚNICAMENTE, PUEDE SER PARIDO POR LA LEY
Comentario de la Dra. Teresa Gómez sobre la reciente causa de la Corte Suprema «Camaronera Patagónica SA c/ Ministerio de Economía y otros s/amparo». Sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el Artículo 4to.