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Monotributo. Exclusión de pleno derecho. Publicación del listado de contribuyentes excluidos. Julio 2015
En el Boletín Oficial del pasado 03/08/2015 se publicó el listado de los contribuyentes excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y la cual se publica el primer día hábil de cada mes, a cuyo efecto los contribuyentes deberán consultar el indicado sitio al que se accederá mediante el uso de la «Clave Fiscal» (Res. Gral. 3640/2014) (incluye listado completo)
Fecha de proceso exclusiones: 01/07/2015
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Resolución UIF 262/2015. Lavado de Dinero. Registro de la Propiedad Automotor. Guía de Transacciones inusuales
Se elevan los montos y modifican los parámetros en las operaciones en las que existe mayor riesgo de comisión Lavado de Activos o de Financiación del Terrorismo, en las operaciones registrales del Registro Automotor. Perfil del cliente se eleva de $ 350 a 600 mil; Reporte de operaciones por Expedición de cédulas azules (Res. 127/2012)
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Reducción de horas de trabajo
Una imprenta que se ve seriamente afectada por la obligación del uso masivo de factura electrónica, ¿puede limitar los días de trabajo de su empleado a 3 días por semana e indemnizarle los 2 días que dejarían de trabajar?
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Indemnización por antigüedad. Artículo 245 Ley de Contrato de Trabajo
A los efectos del cálculo de la indemnización del Art. 245, cuando se debe tomar la mejor remuneración habitual y normal, y en el último año se detalla un concepto «Gratificaciones» que se abona una vez al año, pero todos los años, al efecto del cálculo, por ej el sueldo es $ 6000 y la gratificación es $ 3000, ¡para tomar la mejor remuneración es $ 9000 o los $ 3000 se deben dividir por 12 haciendo que la mejor remuneración sea $ 6250? ¿y en tal caso existe alguna
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Contrato de trabajo. Derechos y deberes de las partes. La buena fe. Por el Dr. Honorio Díaz….
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Instituciones Educativas de Gestión Privada y la Factura Electrónica
Análisis del reciente régimen de “Emisión y Almacenamiento Electrónico de Comprobantes” (Res. Gral. 3749/2015.AFIP) en el marco de las actividades que realizan las instituciones educativas de gestión privada, sean de propiedad de empresas unipersonales, sociedades comerciales, organizaciones sin fines de lucro, instituciones pertenecientes a la Iglesia Católica o a cualquier otro culto reconocido.
Encuadramiento de la prestación. Alcance. Limitación a la posibilidad de optar. Emisión y Comtpobantes alcanzados. Vigencia. Conclusiones