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FACPCE informa: Ganancias. Personas físicas. DDJJ 2013. Uso optativo de ambas versiones
Las versiones 14.3 y 15.0 son de uso optativo para el año 2013 para todas las Personas Físicas, salvo para las que hayan obtenido ganancias gravadas al 15% por la venta de acciones, cuotas u otros títulos valores en el año 2013, las cuales deben utilizar exclusivamente laversión 15.0.
Temas planteados y soluciones sugeridas.
Situaciones controvertidas que exponen los CPCE provinciales: Deducción Especial; Efectivo; Dividendos y Venta de acciones; Importación de percepciones; Emergencia climática en Neuquén y Río Negro y Prórroga de plazos DDJJ 2013
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Proyecto de Ley. Laboral. Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral
Proyecto de Ley y mensaje de elevación de la «Ley de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral».
Registro público de empleadores con sanciones laborales (REPSAL). Regímenes especiales de promoción del trabajo registrado. Administración del trabajo. Disposiciones complementarias y transitorias
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Gestiones FACPCE por Aplicativo GPFBP V.15: AFIP emitió informe http://www.ele-ve.com.ar/Gestiones-FACPCE-por-Aplicativo-GPFBP-V-15-AFIP-emitio-informe.html
Gestiones FACPCE por Aplicativo GPFBP V.15: AFIP emitió informe
http://www.ele-ve.com.ar/Gestiones-FACPCE-por-Aplicativo-GPFBP-V-15-AFIP-emitio-informe.html
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Contrato de trabajo. Notificaciones. El intercambio telegráfico. Por el Dr. Honorio Alberto Díaz….
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La Corte Suprema le dio la razón a la AFIP en una causa contra Petrobrás
Ante un reclamo de la empresa de energía por el accionar de la AFIP, los magistrados del máximo tribunal de Justicia del país entendieron que la decisión del organismo fue correcta y ajustada a las reglas
http://www.dialogofiscal.gob.ar/judiciales/petrobras.aspx
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Acta Acuerdo. Salarios. Comercio. CCT 130/1975. Subas. Abril 2014
Acta acuerdo completa firmada el 11/04/2014, entre la FAECyS y UDECA, CAME y CAC. Convenio Colectivo de Trabajo 130/1975. Asignación remunerativa no acumulativa, escalonada del 27 por ciento: 1) 17% Abril y 2) 10% Sept. 2014.
Base de Cálculo: Marzo 2014.
Pago extraordinario no remunerativo $ 2.400: $ 1.200 (Julio 2014) y $ 1.200 (Nov. 2014)
Consideración suba: adicionales Art. 23 y 36 CCT
DJNR AFIP Res. Gral. 3279/2012: cumplimiento información Pagos No Remunerativos
Vigencia: 01/04/2014 hasta el 31/03/2015
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Empleados de Comercio: las 10 claves del nuevo acuerdo salarial
EL ACUERDO ESTABLECE UN 27% EN DOS TRAMOS, DE 17% EN ABRIL, 10% EN SEPTIEMBRE, MÁS 2400 PESOS NO REMUNERATIVOS A PAGARSE TAMBIÉN EN DOS CUOTAS, 1200 EN JULIO, Y EL RESTO NOVIEMBRE
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FACPCE PRESENTO NOTA EN RESPUESTA AL INFORME DE AFIP
A esta altura de las circunstancias creo que hay poco por agregar, siguen las notas pero las mismas no han tenido ningún efecto frente a la postura de la AFIP, lo cual me recuerda una frase de A. Einstein «Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo»
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Análisis de todos los requisitos formales y aspectos tributarios en las operaciones de Comercio Exterior
En este trabajo, el autor efectúa un detallado análisis de los requerimientos formales que necesitan conocer los operadores de Comercio Exterior, para poder actuar como importadores y exportadores de bienes, además de describir todas las implicancias impositivas que se generan en el momento de importar y/o exportar un bien o un servicio, analizando como afectan los distintos tributos y calculando, el costo de una importación que se genera en la Aduana al nacionalizarse un bien.
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Decreto 467/2014. Servicio Doméstico. Nuevo marco. Reglamentación. Conciliación Obligatoria
Se aprueba la reglamentación del «Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares» y se crea el » Servicio de Conciliación Obligatoria para el Personal de Casas Particulares (SECOPECP)» en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (Ley 26844)
Facultades AFIP: Instrumentación pago ART y retención cuota sindical
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Resolución General AFIP 3616/2014. AFIP. Comercio Exterior. Rio Negro. Aduana. Zona Primaria
Se establece la delimitación de Zona Primaria Aduanera del Puerto de San Antonio Este, en jurisdicción de la División Aduana de San Antonio Oeste