Dictamen de Asesora Técnica 56/2010. IVA. Entidades Exentas. Importación de Bienes

Se establece que las instituciones religiosas que se encuentren reconocidas por el organismo respectivo están exentas de el pago del tributo, cuando importen bienes, siempre que dichos bienes sean destinados a consumo de la propia institución ...
Nov. Dict. 56