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¿Por qué aprender a bailar tango?
Escribe: Cra. Silvia Rojas
Escribe: C.P.N. Natalia Robledo
Escribe: Cr. Roberto Dib Ashur (h), Vicerrector administrativo de la UCASAL
Escribe: Cra. Lea Cristina Cortés de Trejo
En reuniones del Consejo Directivo de octubre, fueron tratados y resueltos los siguientes temas:
Dr. Eduardo Sylvester
1- MORATORIA – CONDONACIÓN DE INTERESES
Si bien el art. 56, quinto párrafo de la Ley 27.260, establece la condonación de los intereses resarcitorios y/o punitorios correspondientes al capital cancelado con anterioridad a la vigencia de la Ley (23/07/16), resulta importante aclarar que la condonación no amerita realizar ninguna acción por parte del contribuyente beneficiado, es decir, no debe hacer ninguna presentación por escrito, o tratar de incluir la deuda en el Sistema Mis Facilidades (que en la práctica resulta imposible). Ahora bien, es posible que los intereses condonados