Se establece un régimen especial de facilidades de pago destinado a la cancelación de: 1) Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social y 2) Multas o Aduaneros, con vencimiento de presentación, pago o aplicadas al 28/02/2013. Incluye: 1) Salidas No Documentadas (LIG Art. 34); 2) Ajustes de inspección y deudas en discusión administrativa, contencioso o judicial allanadas y 3) Obligaciones incluidas en Sistema «MIS FACILIDADES». Reformulación de planes vigentes
Condiciones: Planes hasta 120 cuotas mensuales e iguales (10 años); Cuota mínima $ 150 e Interés 1,35% mensual
Caducidad: DOS