junio

25

Nota presentada ante el Sr. Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, Dr. Santiago A. Cafiero, en relación al Programa ATP. Alcance y aplicación del requisito de no distribución de utilidades

junio

19

Nota al Superintendente de Riesgos del Trabajo En representación de los 24 Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del país, nuestra Federación envió una nota al Superintendente de Riesgos del Trabajo, Cr. Gustavo Darío Morón, en la que solicita esclarecimiento sobre la exclusión

junio

04

FACPCE: funciones y responsabilidades del Contador Público La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) a través de la Res JG 575/2020 aprueba la actualización del documento del año 2004, detallando las características de cada una de estas tareas profesionales con la que puede vincularse un contador público independiente de manera de esclarecer ante los usuarios, los poderes públicos y la comunidad en general, en qué consisten cada una de esas tareas profesionales, sus contenidos, fines y responsabilidades legales. 📌 I. Introducción 📌 II. Responsabilidad penal tributaria de los profesionales de Ciencias Económicas. 📌 III. Roles y responsabilidades de los contadores públicos independientes 📌 IV. El delito de asociación ilícita y la reforma de la ley penal tributaria y previsional 📌 V. Conclusiones frente al delito de asociación ilícita fiscal 📌 VI. Consideraciones finales

junio

01

Nota recibida del Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay (CCEAU), en relación al comunicado realizado por la FACPCE el día 26/05/2020

junio

01

La Asociación Interamericana de Contabilidad (AIC) manifestó su apoyo a los Contadores Públicos argentinos, ante las declaraciones realizadas por el Presidente de la Nación, Dr. Alberto Fernández.

junio

01

LOS CONTADORES PÚBLICOS MANIFESTAMOS

mayo

18

Se publicó la Resolución General N.° 4714 que brinda nuevas facilidades para empresas afectadas por la Pandemia del Coronavirus, con el objetivo de amortiguar el impacto económico del aislamiento social preventivo y obligatorio. Se extienden los plazos para que las empresas presenten y paguen las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y al Valor Agregado; se mejoran las condiciones de los planes de facilidades de pago permanentes y se brindan beneficios para las PyMEs. • Vencimientos: Para facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, la AFIP extiende dos semanas el plazo para la presentación de las declaraciones juradas e ingreso del saldo resultante del Impuesto a las Ganancias, para las personas jurídicas que cerraron sus ejercicios en diciembre. El vencimiento previsto para los días 13, 14 y 15 de mayo se traslada a los días 26 y 27 del mismo mes. Por su parte, la presentación de la declaración jurada y el pago del IVA correspondiente al período fiscal abril 2020 se difiere a los días 20, 21 y 22 de mayo. Asimismo, se prorroga un mes la presentación de los estados contables de aquellas empresas que cerraron sus ejercicios en noviembre de 2019, dicho vencimiento previsto para el 29 de mayo se traslada hasta el 30 de junio. • Mejoras en los planes de facilidades de pago: Se duplica la cantidad de planes de facilidades de pago permanentes disponibles, con el fin de aliviar la situación de ahogo financiero de las empresas medianas y grandes, elevando de 3 a 6 la cantidad de planes que pueden presentar estos contribuyentes. El plan de facilidades de pago permanente contempla la posibilidad de financiar obligaciones de la seguridad social, IVA e impuestos internos. Asimismo, se habilita, excepcionalmente y hasta el 30 de junio, la posibilidad para todas las empresas de regularizar en tres (3) cuotas las obligaciones del Impuesto a las Ganancias, sin tomar en consideración la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) al momento de solicitar el plan. • Beneficios para las Pymes Para aliviar la situación de tensión que enfrenta el entramado de las pequeñas y medianas empresas, se establece la posibilidad de incluir el IVA diferido en sus planes de facilidades de pago permanentes. La normativa vigente permite a las pymes diferir 60 días el pago del IVA, el incumplimiento de este pago en el mencionado plazo implicaba la caída automática de cualquier plan de facilidades de pago permanentes que tuviera vigente. Con la nueva decisión de la AFIP, las empresas que no logren hacer frente al pago del IVA diferido podrán ingresar esa deuda en un nuevo plan. Las pymes cuentan con la posibilidad de ingresar hasta 10 planes permanentes de facilidades..

mayo

09

Lanzamiento del Observatorio Económico de la FACPCE

mayo

09

Errepar S.A. – Charla Relaciones laborales en tiempos de Coronavirus

mayo

09

“Las relaciones laborales en tiempo de coronavirus”, del día 30/4/2020,

mayo

09

Nota presentada ante la Sra. Administradora Federal de Ingresos Públicos, Lic. Mercedes Marcó del Pont, en relación al Programa ATP, funcionamiento página web, Servicios web Impuesto a las Ganancias (personas humanas) – Impuesto sobre los bienes. Personales Periodo Fiscal 2019.

mayo

08

Nota presentada ante la Sra. Directora de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, Dra. María Eugenia Doro Urquiza, en relación a las Legalizaciones Digitales

mayo

08

Manual de Impuesto a las Ganancias e Impuesto sobre los Bienes Personales – Personas Humanas y Sucesiones Indivisas – Periodo Fiscal 2019 – Incluye Reforma Ley 27.541 (b.o.23.12.2019) elaborado por el Dr. Oscar A. Fernández.

mayo

08

Nota presentada por Facpce – Programa ATP, funcionamiento página web, Servicios web Impuesto a las Ganancias (personas humanas) Impuesto sobre los bienes. Personales Periodo Fiscal 2019.

Descargar nota aquí: Programa ATP y Varios reunion virtual
mayo

03

La FACPCE solicita la reprogramación de declaraciones juradas mensuales y anuales