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Dictamen de Asesoría Técnica 34/2010. Ganancias. Fusión de sociedades. Reorganización
Se concluye que el requisito previo a la reorganización en el capital de las firmas antecesoras se considerara cumplido por los titulares de las mismas tanto absorbente como absorbida mientras conserven, por vía directa o indirecta durante los dos años anteriores a la fecha de la consabida reestructuración un importe de participación que constituya como mínimo el ochenta por ciento de los montos que poseían en los capitales accionarios de dichas sociedades predecesoras. …